AFIP controlará los montos que se manejen en las billeteras virtuales

Desde el primero de mayo, los bancos virtuales deberán informar los saldos mensuales superiores a $200.000 y las transferencias bancarias por más de $400.000.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes.

Desde el 1 de mayo, las billeteras virtuales deberán informar las sumas en el caso de que los ingresos o egresos del mes de un usuario superen los $120.000. 

El monto del saldo que debían informar anteriormente era de $30.000

Las billeteras virtuales y los bancos no tendrán que informarle a la AFIP las operaciones que se efectúen a partir del 1° de mayo si cumplen las siguientes condiciones:

  1. Los ingresos y egresos en las cuentas no igualen o superen los $120.000;
  2. Los saldos finales mensuales sean inferiores a los $200.000;
  3. Las transferencias virtuales no sean superiores a $400.000.
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