Cómo transferir dinero sin que AFIP lo detecte

Enterate cuál es el nuevo monto máximo establecido por la AFIP que podés transferir y tener en tu cuenta para no levantar sospechas.

Cuando los usuarios reciben su sueldo o ingresos, es habitual que distribuyan estos fondos entre diversas cuentas y billeteras digitales. Esto puede ser una estrategia para aprovechar diferentes beneficios que ofrecen las entidades financieras. No obstante, cada vez que se realiza una transferencia, tanto el banco como la billetera digital realizan controles para verificar la legalidad y el origen de los fondos, como medida para prevenir el lavado de dinero.

La AFIP tiene acceso a esta información y puede monitorear las transacciones para asegurarse de que el dinero esté debidamente declarado y de que los impuestos correspondientes estén al día. Este control es especialmente riguroso en operaciones de montos altos, donde se puede solicitar al usuario que presente documentación para demostrar la procedencia de los fondos. Esta documentación puede incluir recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, facturas emitidas en los últimos seis meses o certificados de ingresos firmados por contadores públicos.

La AFIP puede requerir estos documentos a través de diversos canales, como correo electrónico o directamente a través de la aplicación de la billetera digital.

Monitoreo de billeteras digitales: nuevas disposiciones de la AFIP

A partir de septiembre, la AFIP implementará nuevas disposiciones que afectarán a los usuarios de billeteras digitales.

Según la normativa reciente, las transferencias, saldos o consumos que superen los $400.000 serán objeto de investigación. Además, el límite para los saldos mensuales en billeteras digitales se ha establecido en $700.000, y cualquier movimiento que exceda estos montos deberá ser reportado.

Esta medida no solo afecta a las billeteras virtuales, sino también a los bancos y otras entidades financieras, que estarán obligadas a informar sobre los movimientos que superen estos límites. 

Un aspecto clave de esta normativa es la incorporación de una cláusula de ajuste automático cada seis meses, basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el INDEC. Este ajuste permitirá que los montos se mantengan actualizados en función de la inflación, asegurando que los controles de la AFIP sean efectivos y adaptados a las condiciones económicas del país.

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