Cuáles son las diferencias entre el escrutinio provisorio y definitivo

El balotaje presidencial del próximo domingo constará de varias instancias de conteo de votos para garantizar la seguridad y transparencia del resultado, tal como establece la legislación electoral vigente.

- ESCRUTINIO DE MESA 

La primera de esas instancias comenzará a partir de las 18 del mismo domingo y es el denominado "escrutinio de mesa", el procedimiento de conteo de los votos que se realiza en la misma mesa de votación inmediatamente después del cierre de la elección.

Aun si todo el padrón hubiera concurrido a votar, el escrutinio de mesa no puede comenzar antes de las 18.

  • - ESCUTINIO PROVISORIO

Finalizada esa instancia comienza el escrutinio provisorio, que se lleva a cabo el mismo día de la elección a partir de los resultados informados por cada presidente de mesa al Ministerio del Interior mediante un telegrama.

Ese telegrama será entregado al personal del correo, que a su vez lo transmitirá a la Justicia Electoral y a la DINE para la totalización y difusión de los resultados preliminares de la elección.

Esos resultados, sin embargo, nunca cubre el total de las mesas debido a que siempre hay una pequeña proporción de telegramas que no llegan a ser enviados, tienen errores en su confección o quedaron incompletos.

"Este escrutinio no tiene validez legal y no sirve para proclamar a los representantes electos. Sólo sirve para informar a la ciudadanía", aseveró la Dirección Nacional Electoral.

- ESCRUTINIO DEFINITIVO

A partir de ese momento llegará la instancia del escrutinio definitivo, que es aquel que hace la Justicia Nacional Electoral y abarca todas las mesas habilitadas para la elección.

El procedimiento comienza 48 horas después de la finalizar las elecciones y se realiza a partir de las actas de escrutinio de cada mesa.

Las agrupaciones políticas que intervinieron en el balotaje pueden designar fiscales "con derecho a asistir a todas las operaciones del escrutinio y examinar la documentación".

Según el Código Electoral Nacional, no hay un plazo para la finalización del escrutinio definitivo excepto en el caso de la elección presidencial con un plazo de no más de diez días corridos.

En este procedimiento definitivo cada Junta Electoral analiza mesa por mesa de cada distrito que le corresponde y cada una de las actas elaboradas por las autoridades de mesa.

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