El Gobierno dispuso cambios en el etiquetado frontal de alimentos: nuevas normas y simplificación del sistema

El Boletín Oficial establece, además, una actualización de las regulaciones sobre la publicidad de alimentos con sellos de advertencia, y exige mayor transparencia en los anuncios.

El Gobierno Nacional introdujo cambios clave en el sistema de etiquetado frontal de alimentos envasados, con el fin de simplificar las regulaciones y mejorar la eficiencia administrativa. A través de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, se busca reducir la carga burocrática para las empresas y actualizar el sistema de etiquetado de acuerdo con las nuevas necesidades del mercado.

La Disposición 11362/2024 modifica la resolución ANMAT N° 2673/22, que había establecido el sistema de etiquetado frontal en 2022, eliminando varios artículos que implicaban trámites adicionales para las empresas. Por su parte, la Disposición 11378/2024 regula aspectos específicos sobre la publicidad y promoción de los productos alimenticios, destacando la importancia de la información clara para el consumidor.

Eliminar trámites administrativos: ¿qué artículos fueron derogados?

La modificación más significativa se produce con la derogación de varios artículos de la resolución ANMAT N° 2673/22, que habían establecido diversas obligaciones para los fabricantes e importadores de alimentos envasados. Específicamente, la Disposición 11362/2024 elimina los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10, que establecían procedimientos como la Declaración Jurada, el Gestor de prórrogas y el Buscador, lo cual implicaba una mayor carga administrativa.

  • Declaración Jurada: Se eliminó la obligación de que las empresas mantuvieran actualizada la declaración jurada de los productos alcanzados por la ley, lo que simplificaba el registro y seguimiento de los alimentos.

  • Gestor de prórrogas: También se suprime la herramienta que permitía a las empresas solicitar extensiones para ajustar sus productos a la normativa, especialmente en el caso de envases retornables o con etiquetas especiales.

  • Buscador: El sistema de consulta en línea, que brindaba información detallada sobre el perfil de nutrientes de los productos, también fue eliminado, eliminando una capa adicional de complejidad en la gestión de los productos.

Cambios en el etiquetado: qué verán los consumidores

La ANMAT también introdujo cambios en la forma en que los consumidores verán las etiquetas en los productos. A partir de ahora, las etiquetas deberán informar únicamente sobre los ingredientes adicionales que se incorporan a los productos, como azúcar, sodio, grasas y calorías, diferenciando claramente entre lo que es añadido y lo que ya contiene el alimento de manera natural. 

Por ejemplo, en productos como las bebidas o los alimentos procesados que contienen azúcares naturales (como las frutas), solo se detallará la cantidad de azúcar añadido, y no el contenido natural del producto. Los productos que ya cuentan con las etiquetas conforme a la normativa anterior seguirán en venta hasta agotar su stock, y las empresas deberán actualizar las etiquetas de acuerdo con las nuevas directrices en los próximos ciclos de producción.

Nuevas reglas para la publicidad de productos con sellos de advertencia

En cuanto a la publicidad, la Disposición 11378/2024 establece nuevas regulaciones sobre cómo se pueden promocionar los alimentos y bebidas envasadas con al menos un sello de advertencia. Se mantienen varias restricciones que ya estaban presentes en la normativa previa, como la prohibición de publicitar productos dirigidos especialmente a niños y adolescentes. Esta medida busca proteger a los menores de la influencia de la publicidad de productos que puedan tener un alto contenido de nutrientes críticos.

Además, se refuerzan las exigencias de visibilidad de los sellos de advertencia en cualquier material publicitario, tanto en medios tradicionales como digitales. También se prohíben prácticas publicitarias engañosas, como el uso de personajes infantiles o promociones que puedan inducir al consumo excesivo de estos productos.

La normativa aclara que los anunciantes, tanto en medios tradicionales como digitales, deberán cumplir con las normas de etiquetado y promoción de manera rigurosa, garantizando que los sellos de advertencia sean claramente visibles y que no se realicen promociones dirigidas a poblaciones vulnerables, como los niños.

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