Es oficial la desregulación de las prepagas: todos los detalles

Según el decreto, las empresas tendrán un plazo de cinco días después de la publicación del índice de inflación del INDEC para informar sobre los aumentos.

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) ha ordenado que las empresas de medicina prepaga detallen a sus afiliados los conceptos facturados en sus cuotas mensuales. 

Según la resolución 2155, publicada en el Boletín Oficial, las empresas también deberán informar tanto al Gobierno como a los clientes sobre los aumentos en el valor de los planes dentro de los cinco días posteriores a la publicación del índice de inflación del INDEC. Desde julio, los aranceles se ajustan "libremente".

Las prepagas deberán desglosar el costo base del plan, los ajustes por edad o factores de riesgo, y cualquier costo adicional. 

Además, se les exige notificar cualquier cambio en la facturación con al menos 30 días de anticipación, utilizando un lenguaje claro y comprensible. 

El incumplimiento de estas disposiciones será considerado una infracción grave y estará sujeto a sanciones, según informó el titular de la SSS, Gabriel Gonzalo Oriolo.

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