Impuesto a las Ganancias: qué pasará con las indemnizaciones y los gastos de teletrabajo

La AFIP precisó los alcances de Ganancias. Algunos detalles para el caso de desvinculaciones y los gastos de empleados a cargo de la empresa.

En medio de una recesión que ha llevado a las empresas a reducir plantillas y a registrar 200.000 despidos en los primeros cinco meses del año, se destaca que las indemnizaciones por despido no están sujetas al Impuesto a las Ganancias, salvo en casos específicos.

Exclusión de Ganancias en indemnizaciones 

Andrés Tellado Cañas, de KPMG Argentina, explicó que las indemnizaciones por despido, en general, no forman parte de la base imponible del impuesto. Esto incluye indemnizaciones por estabilidad, asignación gremial, despido por embarazo, cese laboral por mutuo acuerdo, y retiro voluntario.

Para directivos y ejecutivos, las gratificaciones especiales que excedan los importes indemnizatorios previstos en la Ley de Contrato de Trabajo sí se incluirán en la base de cálculo del impuesto.

El abogado tributario Diego Fraga señaló que excluir las indemnizaciones del Impuesto a las Ganancias sigue la jurisprudencia de la Corte Suprema, que considera la pérdida de ingresos de la persona afectada.

Otros conceptos 

La Resolución General 5531 de AFIP eliminó la exclusión del impuesto para la compensación de gastos de teletrabajo. Sin embargo, los reintegros de gastos necesarios para la operación de la empresa no están alcanzados por el tributo, siempre que cumplan con ciertos requisitos, como la existencia de un comprobante respaldatorio.

Las empresas deben analizar cómo se realizan los reintegros para asegurar su correcta aplicación fiscal.

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