La Justicia rechazó un amparo para garantizar candidatas mujeres en la Corte Suprema

Una jueza consideró que no había agravio y que el planteo era inadmisible, desestimando así la inconstitucionalidad de la propuesta de Javier Milei por falta de mujeres.

La jueza en lo contencioso administrativo Macarena Marra Giménez rechazó un amparo que solicitaba la inconstitucionalidad de la postulación de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para integrar la Corte Suprema de la Nación, argumentando que no se garantizaba la diversidad de género. El fallo sostiene que no había agravio y, por lo tanto, el planteo resultaba inadmisible.

Argumentos de la jueza

La magistrada Marra Giménez explicó en su fallo: "Al no presentarse conflicto alguno sobre el cual debería tratar la acción deducida, deviene manifiesto que ésta se torna inadmisible. Es que la cuestión resulta ajena a la esencia de la jurisdicción que el Poder Judicial se encuentra facultado a ejercer, que es la de resolver colisiones efectivas de derechos, y no emitir opinión en abstracto acerca de la validez -como en este caso- de actos llevados a cabo por otros Poderes del Estado".

Además, la jueza subrayó que la acción pretendía intervenir en una cuestión privativa de otros poderes del Estado, lo cual contraviene el principio republicano de división de poderes. "La invocación de la aptitud de 'ciudadano/a' sin la demostración de un perjuicio concreto es insuficiente para sostener la legitimación a los fines de impugnar la constitucionalidad de una norma o acto de gobierno", añadió Marra Giménez.

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez, impulsor de la iniciativa, y la Fundación Mujeres x Mujeres, que había solicitado ser co-actora, argumentaron que la propuesta del Ejecutivo Nacional atentaba contra el derecho a la no discriminación por género y la obligación constitucional de promover la igualdad real de oportunidades. Según Gil Domínguez, "desde 2005, el Estado Nacional desarrolló una conducta progresiva que garantizó la diversidad de género en la integración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

La propuesta cuestionada fue defendida por el Estado Nacional, que rechazó la demanda alegando "falta de legitimación activa" y la carencia de un "agravio concreto". Además, el Estado sostuvo que el acto impugnado no era justiciable, ya que se trataba de una propuesta preliminar sujeta a la decisión final del Senado.

Fallo final

La jueza Marra Giménez concluyó que la acción deducida "no puede prosperar, por cuanto no se advierte la presencia de un 'caso contencioso', ya que las condiciones que invocan los actores no resultan aptas para autorizar la intervención de la Magistratura en el control que proponen". Subrayó que intervenir en la propuesta de los candidatos sin un marco adecuado sería un evidente exceso de la función jurisdiccional.

De esta manera, la Justicia reafirmó la inadmisibilidad de la acción de amparo presentada, dejando sin efecto la solicitud de garantizar la inclusión de mujeres en la propuesta para cubrir las vacantes de la Corte Suprema de la Nación.

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