No se registrarán más los contratos de alquiler en AFIP: cómo será el trámite desde ahora
Se da en el marco de la eliminación de la Ley de Alquileres. El Gobierno busca "reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes".
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este lunes la eliminación de los registros de contratos de alquiler de los inmuebles rurales y urbanos que son destinados a viviendas.
La medida fue oficial en la Resolución General 5545/2024, y tiene como objetivo disminuir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes, teniendo en cuenta que el Gobierno derogó la Ley de Alquileres.
Según AFIP, la resolución apunta a la "constitución de un Estado Nacional a favor del ciudadano, en un marco de simplificación, eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios".
Cómo registrar un contrato de alquiler
Se deberá indicar si se trata de un inmueble urbano o rural y la modalidad de operación (permanente o temporaria), y registrar cada contrato en estas categorías:
- Locador urbano.
- Arrendador.
- Locador temporario.
- Locador de superficies dentro de bienes inmuebles.
Qué requisitos hay que cumplir
- Poseer la CUIT activa.
- Declarar y mantener actualizado ante la AFIP el domicilio fiscal.
- Constituir el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Tener actualizada en el "Sistema Registral" la información respecto de las actividades económicas.
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