Qué trámite deberán realizar monotributistas en julio

A partir del 1 de julio se habilita el sistema para realizar la recategorización desde su página web.

Este viernes, AFIP informó que desde el primer día del mes de julio hasta el 20, se podrá realizar la recategorización del Monotributo. Aquellas personas que tengan ingresos que superen o sean menores a los de su categoría vigente, deberán realizar el trámite. 

El pago del componente impositivo se debe realizar de manera habitual el 20 del mes de julio, teniendo en cuenta los nuevos montos impuestos. Para verificar a quienes les corresponde, se debe ingresar en la web oficial con CUIT y clave fiscal. 

Por otro lado, aquellos monotributistas que no se vean efectuados en esta recategorización no deben realizar ningún trámite. También están exceptuados quienes tengan una vigencia de menos de seis meses en su inscripción.

¿Cómo se realiza el trámite? 

Se debe ingresar a la página del Monotributo con CUIT y clave fiscal. Luego, se debe seleccionar la opción recategorizarme y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría. A continuación, seleccionar continuar recategorización. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos doce meses. 

Con estos datos el sistema determinará la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción confirmar categoría. Por último, imprimir la nueva credencial.

Esta nota habla de:
Últimas noticias de AFIP
Blanqueo: la AFIP se prepara para identificar evasores
Actualidad

Blanqueo: la AFIP se prepara para identificar evasores

El Gobierno confía en que el blanqueo será exitoso por sus ventajas, mientras la AFIP afina herramientas para detectar a quienes no se adhieran.
Modificaciones en el blanqueo: aceptarán casas en construcción y se ajusta el régimen de Bienes Personales
Actualidad

Modificaciones en el blanqueo: aceptarán casas en construcción y se ajusta el régimen de Bienes Personales

El Gobierno implementó cambios significativos a través del Decreto 773/2024, afectando tanto el Régimen de Regularización de Activos como el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales.
Nuestras recomendaciones