Se oficializó una nueva prórroga para el impuesto a las ganancias y bienes personales
Los nuevos vencimientos dependen del CUIT del contribuyente o responsable.
Por medio del Boletín Oficial se oficializó la prórroga de AFIP para el impuesto a las ganancias y bienes personales. Con la medida se extienden los períodos de presentación de declaraciones juradas y el pago de impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2023.
A QUIÉNES APLICA
Personas físicas y sucesiones indivisas incluidas en las Resoluciones Generales N° 975 y 2.151, junto con sus modificaciones y complementarias.
Contribuyentes abarcados por la Resolución General N° 4.468, su modificación y complementarias (impuesto cedular).
VENCIMIENTOS PARA GANANCIAS Y BIENES
Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: plazo máximo hasta el 26 de agosto de 2024 (inclusive). Terminación CUIT 4, 5 y 6: plazo máximo hasta el 27 de agosto de 2024 (inclusive). Terminación CUIT 7, 8 y 9: plazo máximo hasta el 28 de agosto de 2024 (inclusive).