La Justicia ordenó suspender la implementación de las SAD en los clubes

Un juzgado resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada y ordenó al Estado Nacional la suspensión de los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, como así también la Reglamentación de las SAD.

La Justicia emitió una orden para que se suspenda la reglamentación de las Sociedades Anónimas Deportivas al otorgar una medida cautelar solicitada por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y detener el efecto de los articulos 335 y 345 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023 emitido por el gobierno nacional en el mes de agosto. La medida regirá hasta que se dicte la sentencia definitiva.

Se trata de un fallo del Juzgado Federal de Mercedes, quien en su resolución, según el informe al que accedió el medio Doble Amarilla, se enfocó en la problemática nacida en torno a las denominadas SAD.

El magistrado sostiene que "para cualquier persona humana que haya transitado la vida de un club deportivo y social, en cualquiera de sus dimensiones económicas -incluyendo la gratuidad-, no puede negar la importancia trascendental que ha significado para su formación física, moral y ética, lo que se traduce innegablemente en el fortalecimiento de una vida digna y saludable".

Y continúa: "Existen indicios serios de que el ingreso de las sociedades anónimas deportivas para competir con las asociaciones sin fines de lucro, persiguen la satisfacción de intereses comerciales privados propios del libre mercado".

En esa línea, marcó que la entrada en vigencia de las reglamentaciones efectuadas por el gobierno alteran "negativamente el estado de situación de un colectivo de incidencia social como son las entidades deportivas -dedicadas al futbol en este caso-, pues impide desarrollar en libertad su vida asociativa, con la imposición de conductas a los asambleístas a través de actos del Poder Ejecutivo Nacional".

El DNU de marras, añade, "modifica sustancialmente una ley emanada del Congreso Nacional en uso de sus facultades legislativas (Ley del Deporte N°20.655)".

En cuanto a la reglamentación de las Sociedades Anónimas Deportivas, el Gobierno Nacional le otorgó el plazo de un año a la AFA para que modifique su Estatuto, y dispone que las "Asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas no podrán impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su norma jurídica, originaria o derivada, si aquella está admitida por la Ley N° 20.655 y sus modificaciones y complementarias".

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