Acceso a la Información Pública: cuáles son los puntos más polémicos del decreto de Milei

El presidente decretó que no se podrá acceder al contenido Estatal si "genera daños o perjuicios", "perjudicial para los funcionarios" o "no sea de interés público".

El Gobierno dictó este lunes un decreto que retringe el acceso a la información público. Los cuestionamientos no tardaron en llegar, entre ellos dirigentes y especialistas. 

El Decreto 780/24 establece que el Gobierno podrá negar el acceso a información pública pedida por cualquier ciudadano cuando se trate de "datos privados" de los funcionarios.

También se podrá negar la información pública cuando "genere daños o perjuicios", "perjudicial para los funcionarios" o "no sea de interés público". Además, incorpora la figura jurídica de "abuso del derecho", para que los funcionarios puedan perseguir judicialmente a las personas que no pidan información "de buena fe".

Y restringe el acceso a información pública de los ministerios de Defensa y Relaciones Exteriores

LOS DETALLES DE LAS RESTRICCIONES 

El nuevo decreto introduce modificaciones significativas al concepto de "información pública" que establece la Ley 27.275, excluyendo los "datos privados" de los funcionarios públicos para proteger la privacidad de Javier Milei y los funcionarios. De acuerdo con el texto, el acceso podrá ser restringido "especialmente cuando la solicitud intente penetrar en un espacio típicamente doméstico".

Con esta normativa, el Gobierno ya no estará obligado a responder a pedidos que busquen conocer quiénes visitan la Quinta de Olivos si dichas visitas son consideradas "privadas" por el funcionario correspondiente.

Otra novedad de la normativa es la limitación en la difusión de documentos que contengan "deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo o exámenes preliminares" sobre decisiones gubernamentales. Esto podría permitir que el gobierno de Milei niegue el acceso a información relevante sobre reuniones o borradores de normas, como los debates en torno al DNU 70/23 o la Ley Bases.

Esta nueva figura permite al Gobierno no solo rechazar solicitudes de acceso a la información que considere realizadas "de mala fe", sino también emprender acciones judiciales contra quienes presenten dichos pedidos, incluyendo la posibilidad de exigir indemnizaciones por el supuesto "abuso" en el ejercicio del derecho a la información.

Finalmente, el decreto restringe el acceso a información de los ministerios de Defensa y Relaciones Exteriores, eliminando un párrafo clave del artículo 8 de la ley original. El párrafo suprimido garantizaba que la restricción no afectara el acceso a información necesaria para evaluar políticas de seguridad, defensa y relaciones exteriores, siempre que su divulgación no representara un riesgo real y significativo para el interés público.

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