El Gobierno también le quitará la jubilación de privilegio a Amado Boudou

El exvicepresidente Amado Boudou, condenado por la causa Ciccone, pierde su jubilación de privilegio que ascendía a más de 8 millones de pesos.

El Gobierno decidió dar de baja la jubilación de privilegio de Amado Boudou, exvicepresidente de la Nación, quien hasta ahora percibía más de 8 millones de pesos mensuales. Fuentes oficiales confirmaron que la medida, que será formalizada entre este jueves y viernes, responde a la condena firme que el exfuncionario recibió por su participación en la causa Ciccone Calcográfica.

Boudou, condenado a 5 años y 10 meses de prisión por los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública, perderá el beneficio que le fue otorgado en agosto de 2020. Este monto neto de 8.153.816,49 pesos se sumaba a las controversias generadas por su designación en ese momento, ya que la sentencia de la causa Ciccone ya había sido confirmada por la Corte Suprema de Justicia, aunque el beneficio se otorgó mientras el fallo estaba bajo análisis.

Esta medida se toma pocas horas después de que el Ejecutivo anunciara la quita de la pensión y jubilación de privilegio a la expresidenta Cristina Kirchner, quien también enfrenta condenas judiciales. En la mañana del jueves, el vocero presidencial, Manuel Adorni, comunicó que Kirchner dejaría de percibir estos beneficios por la condena en la causa Vialidad, donde fue sentenciada a 6 años de prisión por administración fraudulenta.

La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y la ANSES fueron quienes impulsaron la decisión de suspender los beneficios de Boudou. El expediente fue abierto antes del mediodía y se espera que la resolución final sea firmada entre este jueves y el viernes.

Un giro en la política de jubilaciones de privilegio

Ambas medidas, tanto la de Boudou como la de Cristina Kirchner, marcan un giro en la política de jubilaciones y pensiones de privilegio que el Gobierno había mantenido hasta ahora. La decisión de suspender estos pagos está basada en la interpretación del artículo 29 de la Ley 24.018, que establece que dichos beneficios están sujetos a un "buen desempeño" en el cargo público. En este caso, las condenas por corrupción contra ambos exfuncionarios invalidan su derecho a percibir pensiones como reconocimiento por sus servicios a la Nación.

Este tipo de beneficios, no contributivos ni previsionales, se consideran un reconocimiento al "honor" y al "buen desempeño" de los funcionarios, lo que en este contexto se ve como incompatible con las sentencias judiciales que demuestran delitos contra la administración pública.

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