El Ministerio de Justicia analiza una reforma para enfrentar los delitos informáticos
Especialistas en derecho proponen reformas al Código Penal para tipificar delitos relacionados con fraudes digitales, acoso, suplantación de identidad y otros delitos en internet, con énfasis en la protección de la intimidad y la seguridad en línea.
El Ministerio de Justicia, encabezado por Mariano Cúneo Libarona, se encuentra evaluando una propuesta para actualizar la legislación que regula los delitos informáticos. Esta reforma, impulsada por los especialistas Eric Hilgendorf y Leandro Dias, tiene como objetivo modernizar el marco legal para adaptarse a las nuevas amenazas digitales.
La propuesta abarca varios delitos emergentes, como el doxeo, el ciberacoso, los fraudes informáticos, y la difusión no autorizada de contenido sexual generado por inteligencia artificial (IA), entre otros.
El dictamen presentado por los expertos tiene en cuenta las transformaciones tecnológicas que han dado lugar a nuevos tipos de criminalidad en el entorno digital. Según Leandro Dias, abogado de la Universidad de Buenos Aires (UBA), el trabajo fue realizado sin ningún tipo de compensación económica, permitiéndoles una total libertad para expresar sus puntos de vista como juristas. "El resultado final refleja nuestras discusiones y opiniones, no las del Ministerio ni de los expertos invitados", aclaró Dias en su cuenta de X.
Uno de los puntos clave de la propuesta es la modificación del Código Penal para incluir el delito de "phishing", una técnica de fraude informático que ha crecido significativamente en los últimos años. Además, se busca introducir la figura del "doxeo", consistente en la difusión ilegal de datos personales para dañar la reputación o intimidar a una persona, práctica cada vez más común en el ámbito digital.
Delitos sexuales en el entorno digital
Un tema particularmente relevante en la reforma es la creación de leyes específicas para abordar la "pornovenganza", un delito que involucra la difusión de material sexual íntimo sin consentimiento. Con la facilidad de distribución que ofrecen las redes sociales, este tipo de prácticas han aumentado, afectando gravemente la privacidad y el bienestar de las víctimas. La propuesta sugiere tipificar este acto como un delito autónomo, lo que permitiría castigar a quienes lo practiquen con mayor eficacia.
Asimismo, los "deepfakes" son otro de los fenómenos que preocupan a los expertos. Estos videos falsificados, que alteran la imagen y voz de una persona para hacerla aparecer en situaciones que nunca ocurrieron, pueden ser utilizados para crear contenido sexual falso. El dictamen propone considerar la creación y difusión de estos contenidos como un delito, dada la magnitud de su impacto en la vida de las personas afectadas.
Ciberacoso y protección de menores
El ciberacoso o "cybermobbing" es otro fenómeno al alza con el uso de las redes sociales. En este sentido, la propuesta busca implementar sanciones más estrictas para quienes hostigan, difaman o amenazan a través de medios digitales. Especialmente vulnerable en este aspecto es la población juvenil, por lo que se sugieren medidas de protección más robustas para los menores de edad y un endurecimiento de las penas para los agresores.
Responsabilidad de los proveedores de internet
El dictamen también propone que los proveedores de internet y las plataformas digitales asuman una mayor responsabilidad en la prevención y lucha contra la criminalidad informática. Esto incluiría la moderación de contenidos y la colaboración con las autoridades en la identificación y sanción de fraudes y delitos sexuales en línea.
Las nueve propuestas centrales del dictamen incluyen:
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Modificación del artículo 73 del Código Penal para que los delitos de fraude informático sean considerados de acción pública.
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Creación del delito de "phishing" y la ampliación de los fraudes informáticos.
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Tipificación del delito de difusión no autorizada de imágenes o videos íntimos.
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Introducción del delito de difusión de imágenes denigrantes creadas o modificadas por medios informáticos.
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Modificación del delito de lesiones para incluir las psicológicas.
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Creación del delito de acoso digital.
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Tipificación de la suplantación de identidad en internet.
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Introducción del delito de obstaculización del funcionamiento de un sistema informático.
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Creación del delito de difusión de información personal peligrosa.