ONGs piden anular las designaciones de Lijo y García-Mansilla en la Corte Suprema
Organizaciones presentaron un amparo para declarar inconstitucional el decreto de Milei que los nombró.
Un grupo de organizaciones no gubernamentales (ONGs) solicitó a la Justicia que anule las designaciones de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, pidieron declarar inconstitucional el decreto de Javier Milei que los nombró por un año en comisión.
El recurso fue presentado en la Cámara Federal de La Plata y enviado al juzgado federal N° 2, a cargo de Alejo Ramos Padilla, quien ya interviene en casos similares. El magistrado dio al Poder Ejecutivo tres días hábiles para responder sobre la medida cautelar y diez días para pronunciarse sobre el fondo del asunto.
¿Por qué cuestionan el decreto de Milei?
Las ONGs argumentan que el Decreto 137/2025 vulnera la independencia judicial y el procedimiento constitucional para designar jueces. Según el texto presentado, el mecanismo utilizado por Milei es excepcional y debe estar justificado por una causa de interés público, algo que consideran que no se cumple en este caso.
Entre las organizaciones que impulsan el amparo están:
Fundación Poder Ciudadano, representada por Pablo Secchi.
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), representada por María Celeste Fernández.
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), representado por Julián Alfie.
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), representado por Diego Morales.
¿Qué puede pasar ahora?
Mientras García-Mansilla ya juró como juez de la Corte, el caso de Ariel Lijo sigue en suspenso. El juez Ramos Padilla no ha dado señales de emitir una medida cautelar inmediata, lo que mantiene la incertidumbre sobre el futuro de ambos magistrados.
Las ONGs sostienen que el decreto presidencial se aparta del procedimiento ordinario de designación, el cual requiere la intervención del Senado. Además, destacan que de las dos vacantes, solo una ocurrió durante el receso legislativo, lo que invalida el uso del artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional.
El Senado aún debe decidir si tratará los pliegos de ambos jueces, un paso fundamental que podría revertir las designaciones y abrir un nuevo capítulo en esta disputa legal.
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