Prepagas: la Justicia declaró inconstitucional el apartado que habilitaba los aumentos
La Cámara Federal de Paraná anuló los artículos del Decreto 70/2023 que permitían aumentos descontrolados en las cuotas de las prepagas.
Este viernes, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná dio un golpe certero al tarifazo en las prepagas al declarar la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del Decreto 70/2023. Este decreto, que habilitaba a las empresas de medicina prepaga a aumentar sus cuotas sin ningún tipo de control, fue anulado, dejando sin efecto la suba de tarifas que OSDE había fijado desde enero de 2024.
El fallo judicial restituye la legitimidad de la Superintendencia de Servicios de Salud para autorizar los aumentos de cuotas, siempre y cuando estén justificados por variaciones en la estructura de costos y un cálculo actuarial de riesgos razonable. Así lo explicó Manuel Luaces, Magister en Justicia Constitucional por la Universidad de Bolonia, quien destacó: "Con esta declaración de inconstitucionalidad del decreto, la Superintendencia recobra su legitimidad para autorizar los aumentos".
Además, Luaces agregó que ahora se podrán establecer precios diferenciales para los planes prestacionales según franjas etarias, con una variación máxima de tres veces entre el precio de la primera y la última franja de edad.